La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) advirtió que el consumo de té de coca, poco antes de una competición deportiva, «puede dar positivo a la cocaína», sustancia no permitida por el Código Mundial Antidopaje que entró en vigencia el pasado 1 de enero.
El organismo especificó que una concentración de 10 nanogramos (una milmillonésima parte de un gramo) por mililitro de orina, en el caso de la cocaína, o de 180 nanogramos en de los cannabinoides, son los límites por debajo de los cuales la AMA considera que un deportista consumió dichas drogas con un fin «social», y no para mejorar su rendimiento competitivo», publica hoy el diario Mundo Deportivo.
En ese caso, el período de sanción solo se extenderá durante tres meses y puede quedar reducido a 30 días si el deportista completa un tratamiento sobre lo que la Agencia denomina «sustancias de abuso».
Un registro por encima de los límites descriptos revelaría, según publicó la AMA en un documento aclaratorio, que el competidor «muy probablemente» consumió esas sustancias «en competición», un periodo que empieza a contar a las 23:59 horas de la víspera de su prueba deportiva.
El Código Mundial Antidopaje, que entró en vigor el pasado 1 de enero, contempla cuatro sustancias de abuso que son empleadas frecuentemente en la sociedad fuera del contexto del deporte: la cocaína, el éxtasis (ambos en el apartado de estimulantes), la heroína (en el de narcóticos) y los cannabinoides.