El gobernador, Osvaldo Jaldo, participó hoy en Buenos Aires de la firma del nuevo Consenso Fiscal para el año 2022, en un acto encabezado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; el ministro del Interior, Eduardo De Pedro, y el ministro de Economía, Martín Guzmán. La rúbrica deja sin efecto la baja progresiva de Ingresos Brutos acordada con Mauricio Macri en 2017 y fija topes máximos en sus alícuotas.
«Lo que estamos haciendo es recuperar autonomía de las provincias. En gobiernos anteriores se firmaron pactos fiscales para sacar créditos en el Fondo Monetario Internacional (FMI), a las provincias las condicionaron a firmar pactos fiscales y compromisos de difícil cumplimiento”, afirmó Jaldo, en rueda de prensa esta mañana en Casa de Gobierno. Con este pacto fiscal, “las provincias tendrán la posibilidad de manejar cada una su cuestión tributaria, tomar las decisiones de manera unilateral y de acuerdo a las necesidades que tenga cada uno de los distritos», aseguró el gobernador.
«Nosotros valoramos mucho la actitud del Presidente y todo su equipo. Al margen de poder tomar decisiones tributarias, también tenemos facultades para diseñar nuestros presupuestos sin limitaciones. Siempre las limitaciones en los presupuesto y en los gastos son los recursos. En una buena administración no se puede gastar más de lo que recauda. Tucumán tiene un presupuesto con superávit. Estamos cumpliendo todos nuestros compromisos sociales”, explicó Jaldo. “Tucumán no va a aumentar ningún impuesto producto de este acuerdo federal. Seguirá teniendo un presupuesto con superávit porque no vamos a resignar ningún recurso que le corresponda a los tucumanos”, remarcó el mandatario.
Nuevo consenso fiscal, en detalle:
El nuevo consenso busca establecer una estructura impositiva orientada a la promoción de la inversión, del crecimiento económico y la generación de empleo formal en el sector privado con el objetivo de reducir en forma gradual y sostenida las diferencias que, en materia de desarrollo económico y social, existen entre las distintas regiones del país.
En el texto suscrito, la Nación y las provincias se comprometieron a promover el intercambio de información, a seguir trabajando en un programa integral de simplificación y la coordinación tributaria federal, a fortalecer el Padrón Federal – Registro Único Tributario (RUT), a evitar la generación de saldos inadecuados o permanentes a favor de los o las contribuyentes en Ingresos Brutos y a consensuar un proyecto de ley que fortalezca el Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles (O.Fe.V.I.).
Además, las partes se abstendrán por un año de iniciar procesos judiciales y suspenderán por igual término los ya iniciados, al tiempo que Nación se comprometió a pagar en 12 cuotas los saldos pendientes de la actualización de la compensación.
Con respecto al impuesto sobre los Ingresos Brutos, acordaron considerar como gravada la comercialización de bienes o servicios a través de medios o tecnología que permitan la realización de las transacciones en forma remota, y se establecieron las alícuotas máximas para un conjunto de actividades.
Sobre el impuesto de Sellos, se estableció una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles, del 3% a la transferencia de automotores y del 2% a los restantes actos, contratos y operaciones alcanzadas por este tributo en general. En tanto, no estarán sujetos a alícuota máxima los actos, contratos y operaciones relacionados con las actividades de loterías y los juegos de azar.
También se alcanzaron acuerdos respecto del impuesto a los Automotores, el Inmobiliario y a la transmisión gratuita. A su vez, las provincias se comprometieron a aplicar el criterio de Endeudamiento Responsable, por el cual solo podrán incrementar la deuda en moneda extranjera en líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito, por desembolsos pendientes originados en convenios firmados con anterioridad al 31 de diciembre de 2021, y por las operaciones de reestructuración de deuda.
En cuanto a la responsabilidad fiscal, se retomará la vigencia de los artículos suspendidos de la Ley N° 25.917 y se incorporará que la regla de límite de crecimiento del gasto estará regida en todos los casos por el incremento del PIB, y que el producido del endeudamiento gubernamental no podrá destinarse a gastos corrientes, salvo excepciones.