Milei decretó al 2024 como «Año de la Defensa de la Vida, la Libertad y la Propiedad»

A través del Decreto 55/2024 publicado este lunes a las 0 horas en el Boletín Oficial, el presidente Javier Milei declaró al 2024 como el “Año de la Defensa de la Vida, la Libertad y la Propiedad”, situación que no pasó desapercibida en las redes sociales.

«Dispónese que durante el año 2024 toda la documentación oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así como de los Entes autárquicos dependientes de esta deberá llevar la leyenda ‘AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD’”, dice el DNU firmado por el jefe de Gabinete, Nicolás Posse.

El mismo indica que el Poder Ejecutivo «realizará las acciones pertinentes tendientes a destacar, difundir y concientizar acerca de los valores de la vida, la libertad y la propiedad», e invitó a los Gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires a hacer lo mismo.

El decreto completo que declara al 2024 como «año de la defensa de la vida, la libertad y la propiedad»

«2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD

Decreto 55/2024DECTO-2024-55-APN-PTE – Declaración.

Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-04537633-APN-SCLYA#JGM, y

CONSIDERANDO:

Que existe un fuerte compromiso del GOBIERNO NACIONAL en defensa de la Vida, la Libertad y la Propiedad, retomando el camino que hizo grande a nuestro país.

Que por la impronta que representa para el pueblo argentino afianzar las ideas de la libertad, es que el GOBIERNO NACIONAL impulsa declarar al año 2024 como el “Año de la Defensa de la Vida, la Libertad y la Propiedad”.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA ampara el derecho a la vida toda vez que es un derecho inherente a la persona humana.

Que el objeto de la Democracia Liberal y la Economía de Mercado es consolidar la estabilidad económica, garantizar el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad de los argentinos.

Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece desde su Preámbulo el deber del Estado de asegurar los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación, afianzando la justicia y consolidando la paz interior.

Que nuestra Ley Fundamental salvaguarda la libertad de industria y comercio, de ejercer cualquier industria lícita y de disponer de su propiedad como un principio rector en la estructura social y económica de la República, por lo que cualquier normativa que restrinja esta libertad debe ser la excepción. Sin embargo, durante décadas el Estado ha avanzado sobre esos derechos en detrimento de la libertad de los argentinos.

Que el liberalismo es el respeto irrestricto del proyecto de vida del prójimo, basado en el principio de no agresión, en defensa del derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad, cuyas instituciones fundamentales son la propiedad privada, los mercados libres de intervención estatal, la libre competencia, la división del trabajo y la cooperación social.

Que cabe recordar que ya en la DECLARACIÓN DE DERECHOS DE VIRGINIA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, aprobada el 12 de junio de 1776, considerada la más antigua y famosa de las Declaraciones de Derechos americanas, se declaró que “todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes y tienen ciertos derechos innatos, de los cuales, cuando entran en estado de sociedad, no pueden por ningún pacto privar o desposeer a su posteridad, a saber, el goce de la vida y de la libertad, con los medios para adquirir y poseer la propiedad, y buscar y conseguir la felicidad y la seguridad”.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha propuesto reformas en nombre de la Revolución de Mayo de 1810, con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la CONSTITUCIÓN NACIONAL de 1853 y en defensa de la vida, la libertad y la propiedad de todos los habitantes del suelo argentino.

Que, en virtud de lo expuesto, se impulsa la presente medida con el fin de promover, concientizar y resaltar la importancia y el significado de los valores de la Defensa de la Vida, de la Libertad y de la Propiedad.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase el año 2024 como el “Año de la Defensa de la Vida, la Libertad y la Propiedad”.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que durante el año 2024 toda la documentación oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así como de los Entes autárquicos dependientes de esta deberá llevar la leyenda “AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”.

ARTÍCULO 3°.- En orden a lo establecido en el artículo 1° del presente decreto, el PODER EJECUTIVO NACIONAL realizará las acciones pertinentes tendientes a destacar, difundir y concientizar acerca de los valores de la vida, la libertad y la propiedad.

ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir al presente decreto.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI – Nicolás Posse

e. 22/01/2024 N° 2681/24 v. 22/01/2024″.

FUENTE: Minuto uno

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