En un principio el Día del Empleado de Comercio se iba a festejar el 26 de septiembre, día estipulado por la Ley 26.541. Sin embargo, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) anunció que este año se celebrará el 30 de este mes.
En Tucumán la semana última ya se había anunciado el traslado para el lunes 30.
De esta manera, el último día del mes será un día de descanso para todos los trabajadores del sector, ya que se espera que los shoppings, supermercados y locales comerciales cierren sus puertas.
“La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las Cámaras Empresarias de Comercio han acordado, en uso de su autonomía colectiva, trasladar la conmemoración del día del Empleado de Comercio al lunes 30 de septiembre del corriente año, para que ese día los trabajadores tengan su reconocimiento con todos los alcances de la Ley”, detallaron en un comunicado publicado en su página oficial.
¿Quiénes no trabajarán en el Día del Empleado de Comercio?
Según detallan desde la Faecys, este feriado alcanza únicamente a aquellos trabajadores que se desempeñen como empleados u obreros en cualquiera de las ramas del comercio o en actividades civiles con fines de lucro o como administrativos en explotaciones industriales en general.
¿Qué negocios podrían cerrar el 30 de septiembre?
En esta jornada, los siguientes establecimientos podrían permanecer cerrados en todo el país:
– Supermercados
– Shoppings
– Centros comerciales
– Tiendas de ropa
– Calzado
– Electrodomésticos
– Kioscos
– Librerías
– Almacenes
– Carnicerías
– Verdulerías
Derechos y obligaciones de los empleados
Descanso obligatorio: La ley asimila el Día del Empleado de Comercio a un feriado nacional, otorgando a los trabajadores la posibilidad de tomarse el día libre sin recibir sanciones.
Pago doble: En caso de que un empleado decida trabajar, la ley estipula que deberá percibir el doble de su salario diario. /TN