La “irresponsabilidad organizada” para intentar ocultar el espionaje

Los fiscales de la causa en la que se investigan supuestas maniobras de espionaje ilegal detallaron en su dictamen acusatorio cómo los acusados apelaron a la construcción de una «irresponsabilidad organizada» para intentar desprenderse de la inteligencia prohibida desplegada desde la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el gobierno de Mauricio Macri.

El concepto de «irresponsabilidad organizada», acuñado por el catedrático del derecho penal Jesús María Silva Sánchez en el libro Fundamentos del Derecho Penal de Empresa, podría resumirse en este caso como el intento de los mandos superiores de asegurar que los espías que realizaron las acciones cuestionadas lo hicieron a modo de cuentapropistas, mientras ellos dicen haber seguido órdenes de sus jefes que no tenían apariencia de ilegales.

«Centralmente las estrategias de defensa apuntaron, para los estratos superiores, en alegar el «no haber hecho»/»no haber conocido» y en los estratos inferiores, en obedecer órdenes de cuyo contenido no se advertía una ilegalidad per se», resumieron los fiscales Cecilia Incardona y Santiago Eyherabide en la página 13 del dictamen de 1026 carillas que le presentaron ayer al juez federal de Lomas de Zamora Juan Pablo Auge.

Ayer, los fiscales pidieron el procesamiento de los exfejes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante la gestión de Cambiemos, Gustavo Arribas (Foto) y Silvia Majdalani, en la causa en la que se investigan supuestas maniobras de espionaje ilegal contra dirigentes políticos, sociales y sindicales, periodistas y en las cárceles.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal le presentaron al juez Auge un dictamen con el que también requirieron se procese a un grupo de exagentes involucrados en las maniobras y a exfuncionarios del Servicio Penitenciario Federal, como su extitular Emiliano Blanco.

Entre ellos se encuentran varios exdirectores de la Agencia como Alan Ruiz (Operaciones Especiales), Diego Dalamu Pereyra (Contrainteligencia) y Juan Sebastián De Stéfano (Asuntos Jurídicos).

«Respecto de unos y otros, la multiplicidad, extensión temporal y la sistematicidad de los hechos resultan letales para sus argumentos», continuaron los fiscales en el extenso texto.

Además, remarcaron que, ante la abundante prueba recolectada en el expediente, «se desvanece» el intento de los mandos superiores de referir un supuesto «cuentapropismo» de imputados de jerarquía inferior, sobre todo «ante la reiteración constante de hechos de inteligencia prohibida realizados contra una amplia cantidad de personas a lo largo de mucho tiempo y con un compromiso de recursos materiales y humanos imposible de destinar a ese fin por fuera del conocimiento y respaldo de los superiores».

«Además, se observa de la propia dinámica ejecutiva de las acciones de inteligencia ilícitas que respetaban las vías jerárquicas, se realizaban dentro y frente a toda el área, dirección o grupo de trabajo correspondiente del propio organismo y también los resultados en general se reportaban ´hacia adentro´ de los esquemas de la AFI y el SPF (Servicio Penitenciario Federal) antes que por fuera y por intercambios uno a uno», continuaron.

La misma explicación que aplicaron a la supuesta responsabilidad de los jefes y directores de la AFI y el SPF, fue utilizada para analizar el comportamiento de los «estratos inferiores».

«La sistematicidad y extensión temporal de las acciones ilícitas, compartidas y exhibidas entre unos y otros a través de grupos de WhatsApp más allá de quiénes fueran puntualmente los que llevaran a cabo un espionaje determinado», expone que se trataba de una organización delictiva.

«El sesgo cognitivo o valorativo que puede provocar la conformidad con la ´orden del superior´ combinada con cierta falta de capacitación o conocimiento en algún aspecto podría tener incidencia para un hecho aislado (siempre que no sea obviamente ilícito, como instalar micrófonos en la sala de entrevistas de abogados y presos de un penal cuyo dispositivo de almacenamiento de la grabación es escondido en una caldera), pero esa posibilidad de sesgo es arrasada frente a la multiplicidad, sistematicidad y extensión temporal de los hechos investigados en esta causa», sostuvieron los fiscales.

Tras analizar conceptualmente las defensas de los imputados, los fiscales aseveraron en su presentación que ninguno de los abogados confrontó «la imputación sobre los propósitos de seguimientos, obtención, almacenamiento y análisis de información» sobre la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, la hermana expresidencial Florencia Macri, el periodista Hugo Alconada Mon, los sindicalistas Hugo y Pablo Moyano, Graciela Caamaño, «ni ningún otro de los casos de inteligencia prohibida».

«Nadie pretende explicar de modo alternativo a la imputación las razones para instalar micrófonos ocultos en salas de abogados de un penal, ni la posesión (y posterior utilización) de las fichas del SPF de los detenidos IRIC por parte de los agentes de ´operaciones especiales´ de la Dirección de Contrainteligencia de AFI, ni el traslado de un detenido al que lo acompañaba la intervención de los teléfonos públicos de donde estuviera alojado desde su lugar original al módulo de los pabellones» donde estaban detenidos los exfuncionarios kirchneristas, detallaron los fiscales.

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